Escuela para padres
GUÍA DE ATENCIÓN DECE PARA PP-FF
¿Qué es el DECE?
¿El DECE puede brindar terapia?
¿Qué situaciones debo referir al DECE?
¿Qué pasa si el estudiante obtiene bajas calificaciones reiteradamente?
¿Los padres de familia pueden notificar dificultades emocionales o académicas al DECE?
Casos de violencia
Bullying
Necesidad Educativas Específicas
Necesidades Educativas Transitorias
Nota importante
Normativa Legal
El funcionamiento del DECE se encuentra regulado por la LOEI, su Reglamento y de forma específica por la Normativa para la Organización y funcionamiento del Departamento de Consejería Estudiantil en los establecimientos del Sistema Nacional de Educación (para efectos de terminología en el presente documento, lo denominaremos NOF-DECE)
Los miembros del DECE no podrán ejecutar acciones que no se encuentren especificadas en los cuerpos normativos antes mencionados.
¿Qué es el DECE?
El art. 3 de la NOF-DECE establece que el DECE es la instancia responsable de la atención integral de los estudiantes, cuyo propóstio es brindar apoyo y acompañamiento psicológico, psicoeducativo, emocional y social, en concordancia con el marco legal vigente.
¿Cuáles son las principales funciones del DECE?
El DECE enmarca su trabajo en acciones direccionadas a la prevención, detección, abordaje y seguimiento de diferentes situaciones y/o problemáticas con las que se enfrentan niños, niñas y adolescentes en su desenvolvimiento cotidiano en el ámbito educativo.
Objetivo General DECE
Brindar servicios profesionales de consejería a los estudiantes en el marco de su experiencia educativa.
Objetivos Específicos DECE
1. Proporcionar un espacio receptivo, confiable y amigable que facilite al estudiante la expresión de sus emociones, malestares, opiniones, sentimientos, dificultades y dudas.
2. Promover en el estudiante el reconocimeinto de sus derechos, responsabilidades y obligaciones.
3. Capacitar al estudiante para que pueda lidiar con sus situaciones personales, familiares, vocacionales y académicas con objetividad y criterios, considerando su situación de madurez emocional, fortelzas y limitaciones.
4. Estimular y potencializar al máximo en el estudiante el desarrollo de habilidades, competencias, destrezas, recursos y capacidades (personales, de aprendizaje, sociales, etc.) que contribuyan a su formación y bienestar integral.
5. Apoyar al estudiante en la construcción de su propia identidad y colaborar con él en el desarrollo de su proyecto de vida, con sentido de autonomía, cooperación y conciencia social, enmarcado en la formación de valores y principios.
6. Asistir y apoyar al estudiante en el proceso de enseñanza – aprendizaje y orientación vocacional.
7. Asistir y proteger al estudiante frente a cualquier situación que implique una vulneración de sus derechos e integridad personal, mediante la aplicación precisa de protocolos y rutas de actuación frente a hechos de violencia y/o violencia sexual en el contexto educativo.
8. Implementar estrategias de convivencia armónica y/o resolución de conflictos entre el estudiante y sus pares, promoviendo el desarrollo de relaciones interpersonales saludables y armónicas en la dinámica escolar.
9. Involucrar al resto de miembros de la comunidad educativa necesarios para responder a las necesidades específicas del estudiante.
10.Estimular la creatividad en todos los miembros de la comunidad educativa, para implementar estrategias innovadoras en la búsqueda constante de la calidad educativa.
11.Promover al DECE como un espacio de formación permanente de sus profesionales, buscando que entablen procesos continuos de capacitación y actualización de contenidos, modelos teóricos, técnicas y estategias temáticas vinculadas con al consejería en el contexto educativo.
¿El DECE está conformado por profesionales de psicología?
Sí, los integrantes del DECE poseen estudios de tercer y cuarto nivel en áreas de carácter psicológico / emocional, social y psicoeducativo implícitos en la experiencia educativa.
¿El DECE puede brindar terapia?
En conformidad con el NOF-DECE en el numeral 5 del Modelo de Atención Integral, establece que el DECE cumple con la función de Consejería Estudiantil.
Indica: “Es importante, asimismo, diferenciar a la consejería de la psicoterapia, puesto que la primera no está dirigida a establecerse, en el ámbito educativo, como un espacio dedicado al tratamiento de condiciones o problemáticas propias de la esfera de la salud mental.”
Si un estudiante requiere de atención profesional en psicología (psicoterapia) el DECE debe referirlo con las debidas formalidades según la normativa citada:
“No obstante, el estudiante puede ser referido por el DECE, dependiendo el caso, a un psicoterapeuta o profesional de cualquier otra área de salud.”
Así también, está norma define a la psicoterapia como:
“La psicoterapia constituye un proceso de tratamiento informado y planificado, de naturaleza psicológica, a través de técnicas claramente establecidas, que debe ser efectuado por un/una profesional con formación y entrenamiento clínico avalado para efectuarlas.”
¿Qué situaciones debo referir al DECE?
Es importante diferenciar las diversas conductas o problemáticas que pueden presentar los estudiantes en el día a día. La institución, desde su identidad, cuenta con diferentes estamentos de trabajo, profesionalizados en ámbitos específicos. De esta forma, se deberá observar lo siguiente:
¿Qué pasa si el estudiante obtiene bajas calificaciones reiteradamente?
Los docentes activarán la Alerta Temprana de Bajos Resultados en cada fase. De no resolverse la dificultad académica, de acuerdo al proceso especificado en el Modelo de Evaluación, remitirá al DECE para la respectiva intervención con los Padres de familia y estudiantes.
El padre de familia / representante debe considerar que el bajo rendimiento puede deberse a:
• Falta de responsabilidad del estudiante: Es decir, no existen riesgos externos o factores que desestabilicen el proceso académico. Corresponde directamente al desempeño del estudiante y a la corresponsabilidad del padre de familia / representante.
• Dificultades académicas como producto de un riesgo psicosocial: Si el estudiante presenta problemas en el rendimiento académico (Derivado con Alerta Temprana de Bajos Resultados) el DECE realizará la intervención y referirá a atención profesional externa. El cumplimiento de la atención externa es de obligatorio cumplimiento para el representante.
• Dificultades de aprendizaje: Si el docente, DECE o representante refiere presunción de dificultades de aprendizaje (cumpliéndose todo el proceso), el profesional del DECE derivará al estudiante para la realización de la evaluación psicopedagógica. El cumplimiento de esta derivación es obligatoria para los representantes.
Es preciso indicar que en caso de que no se supere lo identificado en los dos puntos anteriores, es decir, a pesar de haber sido remitido al profesional externo o el padre de familia habiéndose comprometido al acompañamiento de su representado, no mejora la condición académica, el profesional del DECE realizará el proceso de derivación Psicopedagógica.
¿Los padres de familia pueden notificar dificultades emocionales o académicas al DECE?
Sí, en cualquier momento del año escolar el representante puede notificar dificultades emocionales o académicas al DECE. Las intervenciones del DECE iniciará una vez haya existido la presunción o notificación. Es importante que el padre de familia / representante conozca que el DECE llevará el seguimiento del estudiante (no puede brindar psicoterapia), no obstante, debe cumplir con lo que se le requiera desde el DECE.
Casos de violencia
¿Qué es considerado un caso de violencia?
Una situación de violencia se entiende como cualquier acción u omisión que cause daño físico, psicológico, sexual o moral a una persona, especialmente si esta es niña, niño o adolescente. La violencia vulnera su derecho a vivir en un entorno seguro y afecta su desarrollo integral. Según la Organización Mundial de la Salud (1996), la violencia implica “el uso intencional de la fuerza o del poder físico, de hecho o como amenaza, contra uno mismo, otra persona, un grupo o comunidad, que cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones”
Tipos de violencia según su manifestación
1. Violencia física: Golpes, empujones, quemaduras, castigos físicos, cortes, fracturas, intoxicación forzada, etc.
2. Violencia psicológica: Insultos, humillaciones, amenazas, burlas, exclusión, control, hostigamiento verbal o emocional.
3. Violencia sexual: La violencia sexual es toda acción de carácter sexual no consentida que vulnera la integridad y libertad de decisión de una persona. Involucra coerción, intimidación o abuso de poder, especialmente hacia niñas, niños y adolescentes.
4. Violencia por omisión o negligencia: Según el Protocolo de actuación frente a situaciones de violencia detectadas o cometidas en el sistema educativo (MinEduc, 2022), la negligencia es una forma de violencia por omisión. Se define como: “La omisión y/o descuido ejercido por parte de personas adultas […] en el cumplimiento de sus obligaciones o responsabilidades de atención y cuidado para con niños, niñas o adolescentes” (p. 31). La negligencia no se limita al hogar, también se manifiesta en el entorno escolar cuando los adultos responsables no brindan un acompañamiento pedagógico adecuado.
5. Violencia virtual o digital: Ciberacoso, hacking, phishing, stalking, harassment, flaming, violación a la intimidad.
Tipos de violencia según motivos socioculturales y/o condiciones de vulnerabilidad
1. Violencia de género: Basada en relaciones de poder desiguales entre hombres y mujeres. Discriminación, control, dominación, machismo.
2. Violencia por orientación sexual o identidad de género: Discriminación o agresión hacia personas LGBTI+.
3. Violencia por discapacidad: Agresiones o exclusiones hacia personas con discapacidad física, sensorial, intelectual o psicosocial.
4. Violencia por condición socioeconómica, étnica o cultural: Racismo, discriminación, exclusión, burlas o estigmatización hacia personas por su origen étnico, cultura o situación de pobreza o movilidad humana.
Tipos de violencia según la relación víctima – agresor(a)
1. Violencia intrafamiliar: Maltrato físico, psicológico o sexual ejercido por miembros del núcleo familiar (padres, hermanos, parejas, abuelos, etc.).
2. Violencia institucional: Cometida por personal de la institución (docentes, autoridades, administrativos, personal de servicio) por acción u omisión, valiéndose de su autoridad.
3. Violencia de estudiantes, padres o familiares hacia el personal educativo: Agresiones verbales, amenazas, desautorización, hostigamiento o violencia directa hacia docentes y personal escolar.
4. Violencia entre pares (estudiantes)
• Conflictos entre estudiantes no gestionados pacíficamente.
• Pandillas escolares con acciones violentas.
• Acoso escolar o bullying
Bullying
¿Qué es Bullying – Acoso escolar?
En conformidad con el NOF-DECE en el numeral 8, Glosario del Modelo de Atención, define al Acoso escolar como:
“También conocido por su terminología en inglés como bullying, es una forma de violencia psicológica, verbal o física intencional producida entre pares, de forma reiterada a lo largo de un periodo determinado, y que implica un desequilibrio de poder o fuerza.
El agresor o grupo de agresores intimida, hostiga, agrede, abusa y atenta contra la integridad de la víctica sitemáticamente. Puede darse tanto en el entorno escolar como a través de medios de comunicación e información electrónica tales como correos electrónicos, redes sociales, blogs, mensajería_instantána, mensajes de texto, en cuyo caso se denomina ciberacoso (cyberbullying).”
En conclusión, para catalogar a una conducta como BULLYING se debe observar que se cumplan los tres requisitos:
1. Intencionalidad de causar daño: el acoso no es accidental, sino que el agresor tiene la intención de dañar, humillar o intimidar a la victima.
2. Asimetría de poder: existe un desequilibrio entre el agresor y la victima, donde el agresor puede ser más fuerte física o socialmente, o tener más influencia en el grupo.
3. Reincidencia: el acoso no es un incidente aislado, sino que se repite con cierta frecuencia a lo largo del tiempo y produce conflictos escolares.
Necesidades Educativas Específicas
¿Qué es una Necesidad Educativa Específica (NEE) y cómo interviene el DECE?
En el contexto educativo, se entiende por Necesidad Educativa Específica (NEE) a toda condición, temporal o permanente, que presenta un estudiante y que requiere apoyos, recursos o adaptaciones adicionales al currículo escolar para favorecer su aprendizaje, desarrollo personal y participación plena en la vida escolar. Estas necesidades pueden estar asociadas a discapacidades físicas, cognitivas, sensoriales, emocionales, del lenguaje, trastornos del comportamiento, condiciones médicas crónicas o situaciones sociales complejas.
Características de una NEE
• Es individual y particular: Cada NEE responde a las condiciones específicas del estudiante, por lo tanto, requiere una respuesta educativa personalizada.
• Implica barreras para el aprendizaje y la participación: Estas barreras pueden estar relacionadas con el entorno escolar, la metodología utilizada o las condiciones personales del estudiante.
• Requiere apoyos específicos y adaptaciones: Las NEE demandan recursos pedagógicos, estrategias diferenciadas o asistencia profesional para garantizar el acceso al currículo y al desarrollo integral del estudiante.
• Afecta el rendimiento académico o el desenvolvimiento social: Las NEE pueden incidir tanto en el aprendizaje como en la conducta, la comunicación o las habilidades de interacción social.
• Necesita un abordaje interdisciplinario: Su atención requiere el trabajo articulado entre docentes, el Departamento de Consejería Estudiantil (DECE), la familia y, en algunos casos, profesionales externos del ámbito de la salud o la psicología.
Todos los casos identificados como posibles Necesidades Educativas Específicas (NEE) deben contar con una valoración psicopedagógica que permita comprender de manera integral las características y necesidades del estudiante. Esta valoración podrá ser derivada directamente por el equipo del Departamento de Consejería Estudiantil (DECE) o, en su defecto, podrá ser gestionada de forma independiente por los representantes legales del estudiante, quienes deberán ingresar a través de secretaría el informe completo al DECE para su análisis, registro y seguimiento dentro del proceso de atención educativa individualizada.
Dentro del abordaje de las Necesidades Educativas Específicas (NEE), el informe psicopedagógico constituye el documento técnico que orienta la respuesta pedagógica adecuada, ya sea mediante adaptaciones curriculares o ajustes razonables, según el grado de apoyo que el estudiante requiera. Estas decisiones deben estar fundamentadas en el diagnóstico clínico y psicopedagógico entregado al DECE, y su implementación es responsabilidad compartida entre docentes, familia y el equipo de apoyo. Además, como parte de una educación inclusiva, todas las asignaturas estan contempladas en su planificación los principios del Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA), lo que garantiza múltiples formas de representación, acción y expresión, así como motivación para responder a la diversidad del aula desde un enfoque preventivo y no excluyente.
Necesidad Educativa Transitoria
¿Qué es una Necesidad educativa Transitoria?
Una necesidad educativa transitoria se refiere a una dificultad o barrera temporal que afecta el proceso de aprendizaje, la conducta o la socialización de un estudiante, y que puede ser abordada mediante apoyos psicopedagógicos, adaptaciones metodológicas o acompañamiento emocional específico durante un periodo determinado. Estas necesidades no implican necesariamente una discapacidad permanente, pero sí requieren atención especializada para evitar el rezago escolar o el deterioro del bienestar del estudiante.
Características de una necesidad educativa transitoria:
• Es de carácter temporal, aunque puede variar en duración (semanas, meses o incluso años).
• Se relaciona con factores personales, familiares, sociales o escolares, como situaciones de duelo, conflictos familiares, crisis emocionales, problemas de conducta, hospitalización prolongada, enfermedad, entre otros.
• No requiere una adecuación curricular significativa, pero sí una intervención oportuna y flexible.
• Puede superarse con apoyos adecuados, seguimiento cercano y colaboración entre la familia, docentes y profesionales del Departamento de Consejería Estudiantil (DECE).
Nota importante:
Prohibición de confrontaciones directas entre padres de familia y estudiantes
Se recuerda a todos los padres, madres y representantes legales que está terminantemente prohibido acercarse, confrontar, cuestionar o dialogar directamente con estudiantes que no sean sus propios representados.
Este tipo de comportamientos pueden generar situaciones de riesgo, malentendidos, intimidación o afectaciones emocionales a los estudiantes involucrados, y por tanto constituyen una vulneración a sus derechos constitucionales, especialmente el derecho a la integridad personal, psicológica y moral.
De acuerdo con el artículo 66, numeral 3 de la Constitución de la República del Ecuador, se garantiza a toda persona:
“El derecho a la integridad personal, que incluye la integridad física, psíquica, moral y sexual”
En este marco, cualquier intento de intervención directa de una madre, padre o familiar hacia un estudiante ajeno a su representación legal será considerado una presunta transgresión a este derecho, y podrá ser remitido al DECE, para aplicar los protocolos correspondientes. De igual manera los representantes del estudiante pueden levantar una denuncia en la junta de Protección de Derechos de la Niñez y la Adolescencia.
Se exhorta a las familias a respetar los canales formales de comunicación institucional, acudiendo al DECE, o las autoridades escolares para canalizar sus inquietudes de manera adecuada y segura.
Falta de atención del DECE
En caso de identificar que el DECE no ha cumplido con las debidas acciones o procesos establecidos en la presente guía, normativa específica y general, el padre de familia debe remitir lo suscitado mediante oficio e ingresarlo por la secretaría institucional.
Referencias
Asamblea Nacional del Ecuador. (2008). Constitución de la República del Ecuador. Registro Oficial Suplemento No. 449. https://www.asambleanacional.gob.ec/sites/default/files/documents/ol d/constitucion_de_bolsillo.pdf
Ministerio de Educación del Ecuador. (2020). Protocolos y rutas de actuación frente a situaciones de violencia detectadas o cometidas en establecimientos del sistema educativo nacional (Acuerdo Ministerial No. MINEDU-MINEDUC-2020-00001-A). https://educacion.gob.ec/rutas-yprotocolos/
Ministerio de Educación del Ecuador. (2022). Modelo de Gestión del Departamento de Consejería Estudiantil (DECE). https://educacion.gob.ec/wpcontent/uploads/downloads/2023/06/modelo-DECE.pdf
Ministerio de Educación del Ecuador. (2023). Guía de bolsillo de actuación ante situaciones de violencia detectadas o cometidas en el sistema educativo para familias y estudiantes. https://educacion.gob.ec/wpcontent/uploads/downloads/2023/10/guia-de-bolsillo-actuacion-frentesituciones-de-violencia.pdf
